En Paraguay no hay presos por corrupción, pero Santi arriesga más de 10 años de prisión
Las últimas horas como presidente se lo ve a Peña con señales expuestas de desánimo y abatimiento, que concluyeron con su destitución del cargo de presidente por un margen arrollador que puso paño frío transitorio a la furia ciudadana.
La cultura de impunidad reinante genera un caso singular y afrenta a la justicia y la razón en Paraguay, donde prácticamente no están registrados presos por corrupción, salvo contadas ocasiones donde los condenados gozan de medidas alternativas que, en todos los casos, les permiten pasar una vida sin complicaciones fuera de las rejas.
La gravedad de los delitos e incluso crímenes de los que se acusa al ahora expresidente de la República, Santiago Peña, elevan sustancialmente la expectativa de pena por agravantes declarados en el ejercicio del poder, según datos e informes del voluminoso expediente presentado en su contra en el contexto del juicio político que este viernes detonó en su destitución del cargo en medio de la furia ciudadana.
Fuentes del Ministerio Público consultados por La Mira señalan que la expectativa de pena en el Paraguay para condenados por enriquecimiento ilícito es de 1 a 10 años, que en el caso de Peña se considera agravante por ser presidente del país en el momento en que se consumaron los hechos denunciados e investigados.
Peña está señalado de acumular millones de dólares como producto de su involucramiento directo e indirecto en negocios del extinto Ueno Bank, según evidencias de grueso calibre que salieron a la luz pública en el juicio político, ejecutado por segunda vez en la era democrática postronista después de que el expresidente Fernando Lugo fuera sacado del poder por la misma vía en el 2012.
Otro cargo grave del que se acusa a Peña en el marco de la Ley Nº 2523/04 es el tráfico de influencia, que tiene una expectativa de pena de 3 a 5 años de prisión.
El ex «ahijado» de Cartes ha participado en rol protagónico en la capitalización agresiva del banco con la cooptación de solventes paraísos financieros como cajas jubilatorias y los siempre codiciados recursos públicos, entre tantos otros.
El mismo Santi se habría encargado de oficiar de agente captador de clientes, señala el libelo acusatorio, tras abundar en detalles sobre las repetidas «misiones oficiales» realizadas alrededor del mundo para ese fin, donde aprovechaba el brillo de la marca país para interesar a potenciales inversionistas.
El cargo de «administración en provecho propio» que le asignaron a Peña en la acusación de diputados que oficiaron de fiscales no figura específicamente en el Código Penal paraguayo, aunque sí están tipificados delitos vinculados como las ganancias ilegítimas y aumento patrimonial indebido, castigados con penas menores como la privación de beneficios o comisos especiales.
En todos los casos, el condenado enfrenta limitaciones para ejercer cargos públicos y puede quedar en la calle en caso de que la justicia determine el comiso de sus bienes y recursos, entre otras sanciones o penalidades enmarcadas en la ley penal.
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